Qué es el TE1 y cuándo es obligatorio declararlo
Escrito por Matías Farías González, instalador eléctrico autorizado SEC. Actualizado el .
El TE1 es la declaración que deja tu instalación eléctrica interior registrada ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Es el papel que acredita que lo que hay detrás del medidor, tablero y circuitos, fue revisado y declarado por un instalador autorizado.
Casi nadie busca un TE1 por gusto: lo busca porque alguien se lo pidió. Un banco, una municipalidad o una aseguradora.
Al final del trámite recibes un comprobante con el número de declaración y el folio. Ese es el documento que te van a pedir después.

Cuándo es obligatorio
La norma pide declarar toda instalación nueva, ampliada o modificada. En la práctica, el TE1 aparece en cuatro momentos:
- Vas a vender la propiedad
- El comprador y su banco revisan que las instalaciones estén declaradas. Una ampliación sin declarar frena el cierre o castiga el precio.
- Necesitas la recepción final municipal
- La Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones exige los documentos de las instalaciones eléctricas interiores para la recepción definitiva. Sin eso, la Dirección de Obras no recibe la obra.
- Sacas patente o permiso
- La municipalidad pide la instalación declarada para cursar la patente comercial o autorizar el funcionamiento del local.
- Tu seguro lo exige
- Ante un incendio de origen eléctrico, la aseguradora revisa si la instalación estaba declarada. Sin declaración, la cobertura se discute.
Si amplías, cambias el tablero o agregas circuitos, corresponde declarar de nuevo: el TE1 anterior deja de representar tu instalación.
Una instalación antigua también se puede declarar. Se revisa, se corrige lo que no cumple y se declara: lo antiguo no es impedimento, lo que no cumple sí.
Dos casos de nuestros proyectos
Sin nombres ni direcciones: lo que importa es qué decidió el trámite en cada caso.
TE1 y empalme
Casa heredada
Antes de tramitar el empalme hubo que acreditar quién es dueño: posesión efectiva, carnet de los herederos y una declaración jurada de propiedad de la instalación.
TE1
Casa cuyo plano no se leía como vivienda
La SEC compara el destino declarado con lo que muestra el plano de emplazamiento. Si no calzan, revisa con otra vara el tablero y los baños.
Quién lo presenta, cuánto demora y cuánto cuesta
Quién. No lo puedes presentar tú. La norma exige que lo presente un instalador eléctrico autorizado por la SEC, de la clase que corresponda al tipo de instalación.
Cuánto demora. El pliego RIC N° 19 fija un solo plazo, en su numeral 9.1.1: la puesta en servicio se declara con 15 días hábiles de anticipación. La fecha en que quieres energizar manda hacia atrás sobre todo lo demás. El resto depende de lo que tome dejar la instalación en condiciones, y eso se sabe después de una visita.
TE1 · instalación eléctrica interior
Visita
Levantamiento de lo que hay instalado.
Proyecto
Solo si el caso lo exige.
Correcciones
Si algo no cumple, se corrige antes.
Medición
Ensayos con instrumento.
Presentación del TE1
La presenta el instalador autorizado.
15 días hábilesantes de energizar
Comprobante
Con número de declaración y folio.
En el TE1 todo se ordena hacia atrás desde la fecha en que quieres energizar.
Si tienes paneles solares que inyectan a la red, el trámite es otro y tiene sus propios plazos: la declaración TE4.
Cuánto cuesta. La revisión de la SEC no tiene costo. Lo que se paga es el trabajo técnico: revisar, corregir lo que falte, medir y presentar.
Cuándo lleva proyecto. Algunos casos exigen planos y memoria explicativa: sobre 10 kW declarados, edificios y conjuntos habitacionales, locales de reunión de personas, o empalme en media tensión.
Qué tener a mano. Una cuenta de luz, los planos si existen (aunque estén desactualizados), fotos del tablero abierto y cerrado, y alguien que pueda abrir tableros, medidor y recintos el día de la visita.
Qué revisa la SEC antes de inscribir
Antes de inscribir, la SEC hace una revisión documental con una pauta fija. En un trámite reciente nuestro, esa respuesta tardó hasta cuatro días hábiles; otras veces llegó al día siguiente.
- Formulario contra plano
- Que el destino, la potencia y el largo del alimentador digan lo mismo en los dos. El destino se contrasta con el plano de emplazamiento.
- Viñeta y croquis de ubicación
- Datos del instalador iguales al formulario, y croquis con coordenadas.
- Cuadros de carga
- El formato del pliego RIC N° 18, también en el cuadro resumen.
- Puesta a tierra
- El valor medido, no solo el exigido.
- Protecciones
- Coordinación entre protecciones, diferenciales y suma de potencias por circuito bajo el 90 %.
- Recintos
- Ubicación del tablero y grado de protección en baños.
Por eso revisamos el expediente contra esa misma pauta antes de presentarlo.
Preguntas frecuentes
¿El TE1 vence?
No tiene fecha de vencimiento, pero deja de valer para tu instalación cuando la modificas.
Tengo paneles solares, ¿va por TE1?
Depende de si inyectan a la red. Un fotovoltaico que inyecta se declara por TE4. Uno que no inyecta, con control de inyección cero o aislado, se declara por TE1 con una glosa específica. Ver declaración TE4.
Fuentes
- Pliego Técnico Normativo RIC N° 19, numeral 9.1.1 (plazo de declaración).
- Pliego Técnico Normativo RIC N° 18 (cuadros de carga).
- Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (recepción definitiva).
- Declaraciones TE1 presentadas por EnergyRex, sin datos de clientes.
¿Necesitas declarar tu instalación?
En EnergyRex revisamos lo que hay, hacemos lo que falte, medimos con instrumento y presentamos el TE1 hasta que queda inscrito, con licencia vigente.