Declaración ante la SEC

Declaración TE4: que tu fotovoltaico descuente en la boleta

El TE4 es la declaración de una instalación de energías renovables que inyecta a la red. Sin ella no hay contrato de generación distribuida, y sin contrato la energía que tu sistema manda a la red no se te descuenta. Nos hacemos cargo del trámite y del proceso con la distribuidora.

Para qué sirve la declaración TE4

  • Que la inyección se te descuente

    Sin el TE4 inscrito no hay contrato de generación distribuida con la distribuidora. Sin contrato, la energía que el sistema manda a la red no aparece en tu boleta.

  • Que el equipo sea un activo

    Al vender la propiedad, un fotovoltaico declarado suma. Uno instalado sin declarar es un pendiente que el comprador va a pedir regularizar.

  • Que la instalación quede respaldada

    El TE4 deja registrado ante la SEC qué se instaló y que fue verificado. Es el documento al que se recurre si después hay una falla o un siniestro.

Cuándo tu instalación NO va por TE4

Si tu sistema no inyecta a la red —autoconsumo con control de inyección cero, o aislado— no corresponde TE4: la SEC lo declara por TE1, con una glosa específica según sea aislado u on grid sin inyección. Es la confusión más cara de esta línea, porque manda el proyecto por un trámite que no era y obliga a rehacerlo.

Ver la página de TE1

Qué requisitos pide el TE4

  • Ser cliente de tarifa regulada

    La ley de generación distribuida aplica a clientes sujetos a fijación de precios. Si tu suministro es de cliente libre, el camino es otro.

  • Tener empalme a nombre del titular

    El contrato de inyección cuelga del empalme. Si arriendas, necesitas autorización notarial del dueño de la propiedad.

  • No pasar los 300 kW por inmueble

    Es el tope que fija la Ley 21.118. Si el proyecto lo supera, no entra por la vía de generación distribuida y hay que evaluar otro esquema.

  • Equipos autorizados por la SEC

    Inversores y módulos deben estar en el registro de productos autorizados. Lo revisamos antes de comprar, no después de instalar.

El proceso del TE4, paso a paso

El TE4 es uno de los pasos, no el proceso completo. En paralelo corre el trámite con tu distribuidora, que es el que marca los plazos.

  1. 01

    Solicitud de información

    Se le pregunta a la distribuidora qué capacidad admite tu punto. Responde en 10 días hábiles.

  2. 02

    Solicitud de conexión

    Con el proyecto armado. La respuesta va de 5 a 40 días hábiles según el caso: los sistemas chicos en baja tensión son los de 5.

  3. 03

    Instalación y declaración TE4

    Se ejecuta la obra, se verifica con instrumento y se presenta el TE4. La norma pide declarar la puesta en servicio con 15 días hábiles de anticipación.

  4. 04

    Notificación de conexión

    Se avisa a la distribuidora, que coordina y supervisa la instalación en terreno.

  5. 05

    Protocolo de conexión

    El cierre del proceso. Desde ahí la inyección empieza a descontarse.

Los plazos son los del reglamento de generación distribuida y corren en días hábiles. Quien los cumple es la distribuidora, así que los damos como rango y no como fecha comprometida.

Antes de escribir

Preguntas frecuentes sobre la declaración TE4

¿Cuánto se demora todo?

El TE4 es rápido; el proceso con la distribuidora es el que manda. Su respuesta a la solicitud de conexión va de 5 a 40 días hábiles según el tamaño del sistema y si hay que modificar redes. A eso se suma la obra y los 15 días hábiles de anticipación con que la norma exige declarar la puesta en servicio. Te damos las fechas por separado, nunca una sola.

¿Mi sistema sin inyección también es TE4?

No. Un fotovoltaico que no inyecta a la red, sea de autoconsumo con control de inyección cero o aislado, se declara por TE1 con una glosa específica. El TE4 es para los que sí inyectan. Cotizar el trámite equivocado es el error más común en esta línea.

¿Hay un límite de tamaño?

Sí: 300 kW de capacidad instalada por inmueble, según la Ley 21.118. Ojo con el dato de 100 kW que todavía circula en material de difusión: es el tope anterior, quedó superado en 2018.

¿Qué pasa si genero más de lo que consumo?

Los excedentes se descuentan de las boletas siguientes, y bajo ciertas condiciones la distribuidora los paga. Conviene dimensionar contra tu consumo real y no contra el techo disponible: un sistema sobredimensionado acumula remanentes que cuesta recuperar.

¿Puedo declararlo yo mismo?

No. La declaración la presenta un instalador eléctrico autorizado por la Superintendencia, de la clase que corresponda, y él es el responsable del contenido ante la SEC.

¿Cuánto cuesta el trámite en la SEC?

La revisión de la SEC no tiene costo. Lo que se cotiza es la ingeniería, la ejecución, la verificación y la gestión del proceso con la distribuidora.

Cuéntanos tu caso y cotizamos el TE4

El presupuesto no tiene costo. Con una cuenta de luz podemos dimensionar contra tu consumo real y no contra un supuesto.

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