Inspección técnica
Inspección técnica de instalaciones eléctricas
Una inspección técnica responde una sola pregunta: qué tienes instalado y qué tan lejos está de la norma. EnergyRex revisa la documentación, recorre la instalación y hace los ensayos con instrumento, y te entrega un informe por tablero con el que puedes exigirle a un tercero o decidir qué corregir primero.
Qué incluye una inspección
Tres partes, y las tres van juntas. Lo fija el RIC N°19 numeral 8.1.1.3: revisión documental, inspección y ensayos. Una inspección que se salta los ensayos es una opinión, no una verificación.
Revisión documental
Qué dice el proyecto, qué se declaró ante la SEC y si lo construido coincide con eso. Muchas diferencias aparecen acá, antes de abrir un tablero.
Inspección en terreno
Recorrido de la instalación tablero por tablero: protecciones, secciones de conductor, identificación, canalizaciones y puesta a tierra.
Ensayos con instrumento
Los once ensayos del RIC N°19 numeral 7.1.3, en el orden que el pliego fija. El orden no es un detalle: hay ensayos que solo son válidos antes de energizar.
Cuándo conviene pedir una inspección técnica
- 01
Recibes una obra que ejecutó un tercero
Antes de firmar la recepción conviene saber qué estas recibiendo. Una vez recibida, la instalación es tuya y el problema también.
- 02
Compras, arriendas o vas a intervenir una propiedad
La instalación existente define qué se puede conectar y qué no. Saberlo antes cambia el presupuesto de todo lo que venga después.
- 03
La instalación cambió y nadie la volvió a mirar
Ampliaciones, equipos nuevos, cargas que no estaban en el proyecto original. El RIC N°19 8.2.1.1 pone ahí el gatillo de la verificación periódica, no en el calendario.
Si de la inspección sale que hay que corregir y declarar, ese camino es la declaración TE1. Si lo que hay que rehacer es el proyecto, empieza por el proyecto eléctrico.
Antes de escribir
Preguntas frecuentes sobre la inspección técnica
¿Cada cuánto tiempo obliga la norma a verificar una instalación?
No hay plazo. El RIC N°19, en su numeral 8.2.2.1, no fija una frecuencia fija para la verificación periódica: la hace depender de cinco factores de la instalación. Quien te diga que la norma exige verificar cada cierto número de años está vendiendo, no citando. El criterio real es el cambio en la instalación.
¿Quién puede hacer una inspección técnica?
Un instalador eléctrico autorizado por la SEC, de la clase que corresponda a la instalación. Lo fija el RIC N°19 numeral 5.4. No es un servicio que pueda prestar cualquiera con un multitester.
¿Qué documento queda al final?
Un informe con un apartado por cada tablero, con registro fotográfico, según el RIC N°19 numeral 8.1.2.3. Ese informe es el que sirve para exigirle a un tercero, para respaldar una compra o para ordenar un plan de trabajo.
¿La inspección incluye arreglar lo que sale mal?
No. La inspección levanta el estado y lo deja por escrito; corregir es un trabajo distinto y se cotiza aparte. Se puede contratar solo la inspección, o la inspección y después la ejecución.
¿Sirve para declarar la instalación ante la SEC?
Es el paso previo. Una instalación existente sin declarar primero se levanta y se verifica; con eso en mano se corrige lo que no cumple y recién ahí se declara. Ese camino es la declaración TE1.
¿Cuánto demora?
Depende del tamaño de la instalación y de cuántos tableros tenga. Lo que sí está comprometido es la respuesta a tu consulta: dentro de 48 horas hábiles, y te contesta una persona.